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	<title>Comentarios en: A vueltas con las Provisiones de Fondos</title>
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	<description>El blog de Manage Law, dedicado a la formación y consultoría de los despachos de abogados</description>
	<lastBuildDate>Fri, 13 Nov 2009 16:39:01 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Por: josanwordpress</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-28</link>
		<dc:creator>josanwordpress</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Nov 2008 22:23:15 +0000</pubDate>
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		<description>Hola Meg:

No factures provisiones de fondos, simplemente segmenta el servicio y facturalo por partes con su IVA corespondiente previo acuerdo con el cliente en la hoja de encargo correspondiente. Ya está.

Riesgo cero</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Meg:</p>
<p>No factures provisiones de fondos, simplemente segmenta el servicio y facturalo por partes con su IVA corespondiente previo acuerdo con el cliente en la hoja de encargo correspondiente. Ya está.</p>
<p>Riesgo cero</p>
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		<title>Por: Meg</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-27</link>
		<dc:creator>Meg</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Nov 2008 16:45:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://managelaw.wordpress.com/?p=112#comment-27</guid>
		<description>Gracias por vuestras respuestas. Sin embargo, os transmito una cosa que me comentó un asesor fiscal: las provisiones de fondos no se pueden facturar con IVA. Ante mi desconocimiento del asunto, desglosé el IVA de las provisiones de fondos de las facturas a clientes que son empresa y así voy facturando a clientes con &quot;iguala&quot;. 

Ya me habéis puesto en duda y no sé muy bien cómo actuar.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por vuestras respuestas. Sin embargo, os transmito una cosa que me comentó un asesor fiscal: las provisiones de fondos no se pueden facturar con IVA. Ante mi desconocimiento del asunto, desglosé el IVA de las provisiones de fondos de las facturas a clientes que son empresa y así voy facturando a clientes con &#8220;iguala&#8221;. </p>
<p>Ya me habéis puesto en duda y no sé muy bien cómo actuar.</p>
]]></content:encoded>
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	<item>
		<title>Por: Beatriz Niño (NIAL ADVOCATS)</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-24</link>
		<dc:creator>Beatriz Niño (NIAL ADVOCATS)</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Nov 2008 09:59:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://managelaw.wordpress.com/?p=112#comment-24</guid>
		<description>Hola,

Estoy totalmente de acuerdo con Josan y con Miguel Angel.

Nosotros hicimos hace tiempo una consulta vinculante a Hacienda sobre el tema de las provisiones y la respuesta fue rotunda: la provisión tiene que ir acompañada de su correspondiente IVA pues a fin de cuenta son unos honorarios con lo que se debe emitir la correspondiente factura.

Así las cosas mejor ir emitiendo facturas parciales y evitar contingencias fiscales.

Un saludo,

Beatriz Niño
NIAL ADVOCATS</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,</p>
<p>Estoy totalmente de acuerdo con Josan y con Miguel Angel.</p>
<p>Nosotros hicimos hace tiempo una consulta vinculante a Hacienda sobre el tema de las provisiones y la respuesta fue rotunda: la provisión tiene que ir acompañada de su correspondiente IVA pues a fin de cuenta son unos honorarios con lo que se debe emitir la correspondiente factura.</p>
<p>Así las cosas mejor ir emitiendo facturas parciales y evitar contingencias fiscales.</p>
<p>Un saludo,</p>
<p>Beatriz Niño<br />
NIAL ADVOCATS</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-23</link>
		<dc:creator>Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Nov 2008 17:02:14 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://managelaw.wordpress.com/?p=112#comment-23</guid>
		<description>Hola Meg,
yo creo que no tiene que ver con el tamaño del despacho. Una vez que haces presupuesto y contrato de prestación de servicios lo único que Josan sugiere es que transformes la provisión de fondos por una primera factura de honorarios, con IVA y desglosando los conceptos que incluyes en esa factura.
Esto te permitirá tener un reflejo más certero de la situación económica de tu actividad y no habrá sorpresas fiscales al cobrar la factura.
Un saludo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Meg,<br />
yo creo que no tiene que ver con el tamaño del despacho. Una vez que haces presupuesto y contrato de prestación de servicios lo único que Josan sugiere es que transformes la provisión de fondos por una primera factura de honorarios, con IVA y desglosando los conceptos que incluyes en esa factura.<br />
Esto te permitirá tener un reflejo más certero de la situación económica de tu actividad y no habrá sorpresas fiscales al cobrar la factura.<br />
Un saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: josanwordpress</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-22</link>
		<dc:creator>josanwordpress</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Nov 2008 17:02:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://managelaw.wordpress.com/?p=112#comment-22</guid>
		<description>Hola Meg, gracias por comentar y bienvenida: En primer lugar decirte que no se trata de un problema de niveles,  sino más bien de previsiones y control. 

No tengo ninguna duda de tu honestidad en el trato económico con el cliente tal como lo describes, el acento de la &quot;entrada o post&quot; está puesto precisamente en donde te preocupa, en el control de facturación real y de tesorería y sobretodo en evitar problemas fiscales en el futuro.

Por ello la recomendación sigue siendo un calendario de pagos con su emisión de facturas correspondiente que además te ayudará si cabe a llevar un mejor control de tu rentabilidad. 8)

Saludos y gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola Meg, gracias por comentar y bienvenida: En primer lugar decirte que no se trata de un problema de niveles,  sino más bien de previsiones y control. </p>
<p>No tengo ninguna duda de tu honestidad en el trato económico con el cliente tal como lo describes, el acento de la &#8220;entrada o post&#8221; está puesto precisamente en donde te preocupa, en el control de facturación real y de tesorería y sobretodo en evitar problemas fiscales en el futuro.</p>
<p>Por ello la recomendación sigue siendo un calendario de pagos con su emisión de facturas correspondiente que además te ayudará si cabe a llevar un mejor control de tu rentabilidad. <img src='http://s.wordpress.com/wp-includes/images/smilies/icon_cool.gif' alt='8)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Saludos y gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Meg</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-21</link>
		<dc:creator>Meg</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Nov 2008 16:31:20 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://managelaw.wordpress.com/?p=112#comment-21</guid>
		<description>Yo, que me considero de la nueva hornada de abogados jóvenes (llevo en esto 5 años), siempre firmo contrato de prestación de servicios con un presupuesto previo. Y sí, yo pido provisión de fondos, porque, de lo contrario, no podría pagar las facturas mensuales.
Luego todo ello se desglosa de la factura final.
Es lo único que tenemos a veces los abogados que trabajamos a &quot;otro nivel&quot;, distinto del vuestro, ya que yo estoy sola en mi despacho, no tengo compañeros de sociedad (sólo de gastos del piso que compartimos) y tampoco empleados a mi cargo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo, que me considero de la nueva hornada de abogados jóvenes (llevo en esto 5 años), siempre firmo contrato de prestación de servicios con un presupuesto previo. Y sí, yo pido provisión de fondos, porque, de lo contrario, no podría pagar las facturas mensuales.<br />
Luego todo ello se desglosa de la factura final.<br />
Es lo único que tenemos a veces los abogados que trabajamos a &#8220;otro nivel&#8221;, distinto del vuestro, ya que yo estoy sola en mi despacho, no tengo compañeros de sociedad (sólo de gastos del piso que compartimos) y tampoco empleados a mi cargo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón</title>
		<link>http://managelaw.wordpress.com/2008/11/18/a-vueltas-con-las-provisiones-de-fondos/#comment-20</link>
		<dc:creator>Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Nov 2008 15:16:04 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://managelaw.wordpress.com/?p=112#comment-20</guid>
		<description>Efectivamente, mantener que puedes prestar un servicio sin que el cliente conozca lo que le va a costar, pertenece a tiempos pasados.
Si nos ponemos en el papel del consumidor...¿encargaríamos a un arquitecto un proyecto y nos parecería bien que nos dijera &quot;cuando te lo entregue ya te digo lo que es&quot;? 
Luego nos quejamos de tener mala imagen...</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivamente, mantener que puedes prestar un servicio sin que el cliente conozca lo que le va a costar, pertenece a tiempos pasados.<br />
Si nos ponemos en el papel del consumidor&#8230;¿encargaríamos a un arquitecto un proyecto y nos parecería bien que nos dijera &#8220;cuando te lo entregue ya te digo lo que es&#8221;?<br />
Luego nos quejamos de tener mala imagen&#8230;</p>
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